domingo, 23 de septiembre de 2012

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE SALUD

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE SALUD





Derechos
Todas las personas en relación con el sistema de salud tienen los siguientes derechos:

Derecho a la atención apropiada y accesible. Toda persona tiene el derecho a un mínimo nivel de atención sanitaria que satisfaga sus necesidades básicas

Derecho a no ser discriminados. El sistema de salud debe establecer programas de cobertura o alcance universal, dirigidos a toda la población, a excepción de los programas específicos, que si bien cubren a grupos de riesgo, no debe haber discriminación por razones raciales, económicas, culturales profesionales, políticas, nacionalidades.

Derecho al acceso a la información. Es fundamental para que el paciente desempeñe un papel activo en la atención de la salud, contar con la información los servicios sanitarios a que puede acceder y sobre los requisitos necesarios para su uso, así como sobre su situación de salud.

Derecho a la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso y con su estancia en instituciones sanitarias públicas y privadas.

Derecho a escoger un doctor u otro profesional de la salud y un establecimiento de atención de salud. Entiéndase a este derecho como aquel que da la posibilidad al paciente de optar por un profesional dentro del subsector al que pertenece, en la medida en que exista tal posibilidad de opciones, y por ende, tiene disponibilidad de servicios de acuerdo con las condiciones contempladas en esta en las disposiciones que se dicten para su desarrollo y en las que regule el trabajo sanitario en los centros de Salud.

Derecho al consentimiento informado.Debe ser recabado el consentimiento del paciente previo informe acerca de su situación de salud, diagnóstico, tratamiento, riegos y ventajas del mismo, como práctica sistemática y por escrito en los casos de trasplante.

Derechos reproductivos. Este derecho involucra el de acceso a la información, educación, métodos anticonceptivos y prestaciones que lo efectivicen.

Derecho a ser advertido de si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se le apliquen pueden ser utilizados en función de un proyecto docente o de investigación. 

Derecho a reclamar y sugerir. Toda persona esta facultada a utilizar las vías de reclamación y de propuesta de sugerencias.










Obligaciones: 
Todas las personas en relación con el sistema de salud tienen las siguientes obligaciones:


A velar por la conservación y recuperación de la salud personal, familiar y de la comunidad. Ello involucra el deber de la persona y su familia a cumplir con las obligaciones vinculadas a su autocuidado así como a cumplir con las disposiciones legales, reglamentos, resoluciones, disposiciones que las autoridades públicas, adopten en su beneficio o el de la comunidad en su conjunto.

A tener el debido cuidado en el uso de las instalaciones de salud. Ello comprende el contribuir al cuidado físico, mantenimiento y cumplimiento de las normas de orden y disciplina de los establecimientos de salud.

A prestar información veraz sobre su situación de salud o datos personales.

A suscribir la documentación correspondiente al alta voluntaria y rubricar el consentimiento. Ello involucra la obligación de rubricar la historia clínica, el alta voluntario y/o el rechazo de toda indicación diagnóstica y/o terapéutica.

A respetar la libertad de conciencia y dignidad e integridad de los integrantes de los servicios de salud.

Cumplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria: tanto las comunes a toda la población, así como las especificas determinadas por los servicios sanitarios.

Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario.

No hay comentarios:

Publicar un comentario