Secreto médico frente a
confidencialidad
La
intimidad de un ser humano siempre debe de ser respetado independientemente de
todos los contenidos que en el abarca.
De esta forma de entiende que cada persona debe de ser respetada y es
una obligación de todo ser humano que existe en la tierra. Y así es como el derecho a la privacidad
radica en la dignidad de cada ser humano al igual que en su autonomía.
En
el campo de ciencias de la salud este derecho es muy primordial para cada
paciente, ya que sin ello, ningún profesional de salud podría hacer su
trabajo. En cada consulta que se haga,
el medico debe de guardar cualquier diagnostico o testimonio que un paciente
haga. Comúnmente se conoce diversos
casos clínicos las cuales siempre deben de ser respetadas. En ello abarca:
1.) Diagnósticos
2.) hábitos
de vida
3.) preferencias
sexuales
4.) cualquier
visita a un psiquiatra, psicólogo o cirujano plástico
Son
temas que se escuchan a diario y no se toman como algo incorrecto. Sin duda alguna estos tipos de comentarios también
llevan a un acto moral incorrecto, al igual que estos mismos casos son las que
llevan al paciente a tener problemas de comportamiento hacia sus seres
queridos. En ciertos casos hay secretos
que son mas graves que otras por la sensibilidad del tipo de diagnostico o de
su propio contexto. Ciertos casos serian como:
1.) enfermedades
terminales
2.) enfermedades
de transmisión sexual
3.) alteraciones
de personalidad
4.) fertilidad
y sexualidad
5.) alcohol
y drogas.
De
todos modos la confidencialidad a un paciente siempre debe de ser respetada
para que exista esa relación entre medico y paciente. Y siempre que se requiera
de una información confidencial, se le debe de avisar a la persona los motivos
por los cuales se hace dicha investigación.
En
otros casos hay situaciones de las cuales la confidencialidad se necesita
romper y que el paciente debe comprender. Existen cinco razones por el cual
esto debe ocurrir:
1.) Por
el bien del enfermo
2.) Por decisión
o consentimiento del paciente
3.) Por
razones de bien común o por autoridad de la ley
4.) Por
el bien de terceras personas
5.) Por
incapacidad del paciente.
Link:
http://medicina.udd.cl/centro-bioetica/files/2010/06/CONFIDENCIALIDAD_Y_SECRETO_MEDICO.pdf
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