martes, 4 de diciembre de 2012


PERSONAS QUE PUEDEN ACCEDER AL EXPEDIENTE CLÍNICO DE CONFIDENCIALIDAD.




El expediente clínico contiene información relacionada con el estado de salud del paciente -titular de los datos-, por lo que con independencia de que puedan obrar  opiniones, interpretaciones y criterios de los profesionales  de la salud que trataron al paciente, dicha información se ubica dentro de la definición de datos personales que establece la fracción II del artículo  3 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ya que éstas no se generaron de forma abstracta, sino en clara relación con el estado de salud del paciente y su evolución.

En este sentido, si bien es posible afirmar que se actualiza la causal de clasificación prevista el artículo 18, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, dicha clasificación únicamente resulta oponible frente a terceros, pero no frente a su titular o representante legal, ya que son precisamente estos últimos quienes tienen derecho a solicitar  su acceso o corrección, por tratarse de información personal concerniente a su persona y por lo tanto información de la que únicamente ellos pueden disponer.

La titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud destacó la importancia de revisar y actualizar la Norma Oficial Mexicana que especifica quiénes tienen acceso al expediente clínico, para garantizar los datos que en él se contienen.

Al inaugurar el Seminario "Protección de Datos Personales en Materia de Salud", la funcionaria resaltó las acciones que se han emprendido para modernizar las tecnologías de la información en salud, entre ellas, la aplicación del expediente clínico electrónico.

Precisó que si bien el expediente clínico ayuda a la portabilidad de datos y amplía el acceso a servicios de salud especializados a través del Sistema de Telemedicina Nacional, requiere una delimitación específica de quienes pueden tener acceso a éste documento.

Por ello, se trabaja en la promoción de una reforma en el sistema de información que integre valores, leyes y normas estándares que ayuden a proteger estos datos.

Explicó que en la elaboración del expediente médico colaboran el médico tratante, enfermeras, personal auxiliar y técnico, quienes deben guardar confidencialidad sobre los datos que están a su disposición.

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